Te ofrecemos pagar solo 50€/75€/100€ (en función del tipo de divorcio) a modo de paga y señal, para tu comodidad y confianza.
Con eso, en menos de 48 horas después de tramitar el formulario, os enviaremos el convenio para vuestra revisión y firma. A partir de ahí, si queréis continuar con la gestión, tan solo hará falta el resto del pago para presentar la demanda de divorcio a trámite en el juzgado de vuestra localidad.
El divorcio es la disolución del matrimonio. A diferencia de la separación, el divorcio supone la posibilidad de que los que eran cónyuges vuelvan a contraer matrimonio.
Cuando se toma esta decisión, la pareja tiene dos opciones: de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.
Proceder de mutuo acuerdo es lo más rápido, sencillo y económico. Consiste en la presentación del convenio regulador y la demanda. El convenio detalla las medidas que regulan la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas y estancias, las pensiones alimenticias y compensatorias y el uso del domicilio familiar.
Un divorcio de mutuo acuerdo permite abaratar costes, puesto que ambos cónyuges están representados por un mismo procurador y un único abogado.
En el caso de haber hijos menores o dependientes económicamente, en el proceso interviniene también el Ministerio Fiscal, el cual velará para que los intereses de los menores queden suficientemente protegidos.
En resumen, un divorcio de mutuo acuerdo:
- Es aquel en el que los dos cónyuges estáis de acuerdo en solicitarlo.
- Debéis poneros de acuerdo en todo los asuntos relacionados con el mismo, como por ejemplo la custodia de los hijos, la vivienda, posibles pensiones de alimentos y compensatorias.
- Una vez habéis realizado el formulario vía web o teléfono y realizado el pago parcial o completo, os enviamos el convenio vía email en 24-48 horas para vuestra firma.
- Una vez nos devolvéis un escaneo del convenio firmado por ambos, y una vez habéis enviado la documentación necesaria vía email o online, en 24-48 horas presentamos la demanda al juzgado de vuestra localidad.
- A partir de ahí, los tiempos de admisión a trámite y notificación de la sentencia dependen principalmente del juzgado. La duración de esto depende de la saturación de vuestro juzgado local, y serán iguales independientemente de con quién gestionéis vuestro divorcio, puesto que no se puede influir. En general este paso suele tardar entre 3 semanas y 2 meses.
Para poder tramitar un divorcio exprés de mutuo acuerdo es imprescindible que se cumplan una serie de requisitos:
- Que los dos cónyuges sean mayores de edad
- Al menos uno de los cónyuges debe residir (estar empadronado) en España
- Deben haber transcurrido tres meses como mínimo desde la celebración del matrimonio
- Los dos cónyuges deben estar de acuerdo en divorciarse
- Los dos cónyuges deben estar de acuerdo en las condiciones del convenio regulador de la separación o divorcio
Es una contribución mensual que uno de los progenitores (o ambos) realizan para satisfacer los alimentos de los hijos.
Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento propiamente dicho (la comida, el alojamiento, el vestido y la asistencia médica).
Los alimentos comprenden también la educación e instrucción mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación.
A modo de referencia, podéis consultar la siguiente Calculadora de Pensión de Alimentos: http://pensionesaa.poderjudicial.es/pensionesaa/
La pensión compensatoria es una prestación económica que tiene derecho a percibir el cónyuge a quien la separación o divorcio le cause un desequilibrio económico, en relación a la situación económica que tenía durante el matrimonio.
No habrá derecho a la pensión compensatoria:
- Cuando la separación o divorcio ocasiona desequilibrio en ambos cónyuges.
- Cuando ambos cónyuges dispongan de bienes o ingresos propios para seguir teniendo, después de la separación o divorcio, un nivel económico similar al que tenían durante el matrimonio.
Por lo tanto, para que exista pensión compensatoria el desequilibrio económico solo puede ocasionarse en uno de los dos cónyuges.
En Divorciémonos nos encargamos de tramitar divorcios de matrimonios entre ciudadanos españoles y extranjeros, y también entre extranjeros.
Divorciémonos tramita la sentencia de divorcio en España. En caso de querer convalidar la sentencia en otro país, deberéis tramitarlo por vuestra cuenta.
Si tenéis preguntas, no dudéis en poneros en contacto con nosotros en hola@divorciemonos.es o en nuestro Formulario de contacto